Diputados aprueban la reforma al derecho de autor en internet con 325 votos

octubre 7, 2026
Sesión de la Cámara de Diputados durante la votación de la reforma a la Ley Federal del Derecho de Autor, 7 de octubre de 2026
Sesión de la Cámara de Diputados durante la votación de la reforma a la Ley Federal del Derecho de Autor, el 7 de octubre de 2026. Foto: Cristina Rodríguez / La Jornada.

La Cámara de Diputados aprobó la reforma al derecho de autor en internet con 325 votos a favor, 114 en contra y una abstención en lo general, en la sesión del 7 de octubre de 2026. El dictamen modifica la Ley Federal del Derecho de Autor para imponer obligaciones a los proveedores de servicios de internet frente a los contenidos que infringen derechos de autor, y pasó al Senado de la República para su revisión.

En lo particular, la votación fue de 310 votos a favor y 97 en contra. De acuerdo con el diario La Jornada, dos legisladores de la coalición gobernante votaron en contra: Julio Scherer Pareyón, del Partido Verde Ecologista de México, y Martha Aracely Cruz, del Partido del Trabajo. La diputada Olga Sánchez Cordero, de Morena, se abstuvo y sostuvo que las disposiciones quedaron “muy abiertas” y dejan margen de discrecionalidad a la autoridad sancionadora.

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Qué obliga la reforma a los proveedores de internet

El dictamen, publicado en la Gaceta Parlamentaria de la Cámara de Diputados, reforma el artículo 114 Octies y adiciona los artículos 114 Nonies y 232 Septies de la Ley Federal del Derecho de Autor, en materia de responsabilidad secundaria de los proveedores de servicios de internet. El 114 Octies ya regulaba el procedimiento de aviso y retiro de contenidos desde la reforma de 2020. Lo que se adiciona es la obligación de suspender o cancelar el servicio a usuarios infractores reincidentes cuando el proveedor contribuya, induzca o tenga conocimiento directo de la infracción. El 232 Septies fija las sanciones, con multas de hasta 4.6 millones de pesos.

El mecanismo proviene del capítulo 20 del Tratado entre México, Estados Unidos y Canadá, que obliga a los tres países a establecer un régimen de limitación de responsabilidad para los proveedores de internet, condicionado a que retiren los contenidos infractores cuando se les notifique. El derecho de autor en entornos digitales está bajo revisión también en Estados Unidos, donde la Oficina de Derechos de Autor abrió una consulta pública sobre el fraude en el streaming musical.

Los argumentos de las bancadas

Reginaldo Sandoval, coordinador del Grupo Parlamentario del Partido del Trabajo, afirmó que la reforma actualiza la ley para cumplir los compromisos del capítulo 20 del T-MEC y negó que represente un riesgo para la libertad de expresión. Jesús Valdés Peña, diputado de Morena, dijo que no se trata de “ninguna Ley Censura” y que el texto garantiza el debido proceso.

Marcel Torres Cofiño, diputado del Partido Acción Nacional, la llamó “ley mordaza” y sostuvo que amenaza la libertad en internet. Jesús Antonio Nader, también del PAN, planteó que los proveedores vigilarán a los usuarios y retirarán contenido para evitar las multas, sobre la base de conceptos que calificó de ambiguos. Mario Zamora Gastélum, del Partido Revolucionario Institucional, dijo que el problema de fondo es quién decide qué permanece en línea.

Lo que sigue en el Senado

El dictamen forma parte de un paquete de cuatro declaratorias de publicidad que la Cámara desahogó el 6 de octubre, junto con la Ley de Economía Digital para Pagos Digitales y Electrónicos, reformas a la Ley Aduanera y la Ley General para el Fortalecimiento y Armonización Catastral y Registral. La Gaceta Parlamentaria del 7 de octubre no contiene todavía el acta con la votación nominal, que se publica en la edición del día siguiente. El Senado no ha fijado fecha para discutir el dictamen.

Fuentes

Redacción Desarticulista

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