Sheinbaum firma el decreto de nacionalidad única para presidencia y gubernaturas

octubre 7, 2026
Firma del decreto de nacionalidad única en Palacio Nacional, el 7 de octubre de 2026
La presidenta Claudia Sheinbaum muestra el decreto de nacionalidad única, acompañada de la consejera jurídica Luisa María Alcalde, en Palacio Nacional, el 7 de octubre de 2026. Foto: Presidencia de México.

El decreto de nacionalidad única para la Presidencia de la República, las gubernaturas y la Jefatura de Gobierno de la Ciudad de México quedó firmado la mañana del miércoles 7 de octubre de 2026 en Palacio Nacional por la presidenta Claudia Sheinbaum Pardo. La reforma modifica los artículos 82, 116 y 122 de la Constitución y se aplicará a partir del proceso electoral de 2028.

El texto del decreto, remitido al Congreso por conducto de la Secretaría de Gobernación y publicado en la Gaceta Parlamentaria de la Cámara de Diputados, se titula «Decreto por el que se reforman y adicionan los artículos 82, 116 y 122 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de nacionalidad única para el ejercicio de la titularidad de los poderes ejecutivos federal y locales». La hoja de firma está fechada el 28 de agosto de 2026 y el oficio de remisión, el 30 de agosto.

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Qué prohíbe el decreto

La fracción I del artículo 82 dispone que quien aspire a la Presidencia no debe tener ni adquirir otra nacionalidad, y que quien la tenga debe renunciar a ella antes de solicitar su registro como candidata o candidato. Quien ya ejerza el cargo no puede adquirir ni solicitar otra nacionalidad ni invocarla ante autoridades extranjeras, lo que el texto detalla como usar pasaporte extranjero, ejercer derechos políticos ante otro Estado y acogerse a su protección diplomática. Las sanciones quedan sujetas al Título Cuarto constitucional.

La fracción I del artículo 116 traslada el mismo requisito a las gubernaturas, con sanciones conforme al Título Cuarto y a las constituciones estatales. El apartado A, fracción III, del artículo 122 lo extiende a la Jefatura de Gobierno de la Ciudad de México.

Los transitorios fijan la entrada en vigor al día siguiente de la publicación en el Diario Oficial de la Federación, establecen que será aplicable a partir del proceso electoral de 2028 y excluyen a quienes ocupen esos cargos en esa fecha.

Lo que falta por definir

Luisa María Alcalde Luján, consejera jurídica del Ejecutivo Federal, precisó que el requisito debe cumplirse antes del registro de la candidatura ante el Instituto Nacional Electoral, de acuerdo con Expansión Política. La Jornada reporta que la renuncia deberá acreditarse ante la Secretaría de Relaciones Exteriores y ante las instancias del país de la otra nacionalidad, y que el procedimiento quedará en leyes secundarias todavía pendientes.

Los dos medios coinciden en que 22 congresos locales ratificaron la reforma. Expansión Política atribuye la declaratoria de aprobación al Senado de la República el lunes 5 de octubre, la cámara donde arrancaron las comparecencias del Segundo Informe de Gobierno. El decreto no aparece en la edición matutina del Diario Oficial de la Federación del 7 de octubre, cuyo índice recoge la licitación CRT-RRI-01-2026 de la Comisión Reguladora de Telecomunicaciones y los lineamientos del INE para los cómputos distritales del proceso electoral 2026-2027, entre otros actos. Presidencia anunció la publicación para la edición vespertina.

Ninguno de los dos medios registra una respuesta de los coordinadores parlamentarios del PAN, el PRI o Movimiento Ciudadano a la firma, ni de los políticos con doble nacionalidad a quienes alcanzaría la regla a partir de 2028. El archivo del sitio reúne los casos anteriores en la etiqueta de doble nacionalidad. La Consejería Jurídica ya había intervenido en un caso de ese tipo, cuando dijo que el funcionario nayarita Juan Antonio Bugarín renunció a su doble nacionalidad en 2018.

Fuentes

Redacción Desarticulista

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