Germán Alamilla Vázquez, director de Autorizaciones e Inspecciones del Instituto Nacional de Antropología e Historia (INAH), declaró que «no hay ninguna autorización para el enrejado» que la alcaldía Coyoacán instaló en las áreas verdes de la plaza de La Conchita, en el barrio de la Concepción, en la Ciudad de México. Los trabajos empezaron a finales de agosto y el permiso ante el instituto se solicitó hasta el 9 de septiembre. El caso lo dio a conocer La Jornada el 23 de septiembre; es el único medio que lo ha reporteado y no hay confirmación independiente de la declaración.
La plaza alberga la capilla de la Inmaculada Concepción, inscrita en el Catálogo Nacional de Monumentos Históricos Inmuebles del INAH con la ficha 95920, bajo la denominación Conjunto de la Conchita. La obra la ejecuta la empresa Soluciones Ambientales Yaax, contratada por la alcaldía.
El enrejado proviene del presupuesto participativo. El Instituto Electoral de la Ciudad de México aprobó el proyecto ganador, elegido en una asamblea del 22 de mayo a la que asistieron 20 vecinos, donde se presentaron ocho proyectos iniciales, se discutieron cuatro propuestas y el enrejado obtuvo la mayoría de los votos.
Karina Hernández, integrante de la Comisión de Participación Comunitaria, sostuvo que los vecinos que impulsaron la reja documentaron con fotografías consumo de alcohol y de drogas, personas que pernoctan en chozas instaladas en la plaza, robo de mobiliario, tiraderos de basura y grafiti sobre la capilla. La comisión rechazó que quienes apoyan la obra sean afines al alcalde Giovani Gutiérrez Aguilar y recordó que esos mismos vecinos han criticado públicamente el mantenimiento de la plaza.
Los vecinos opositores exigen que se transparenten los permisos y sostienen que el daño afecta al patrimonio nacional, no sólo a los residentes del barrio. La Jornada había documentado el conflicto desde el 27 y el 30 de agosto.
La Ley Federal sobre Monumentos y Zonas Arqueológicos, Artísticos e Históricos obliga a obtener permiso previo del INAH para cualquier obra en monumentos históricos y en las zonas decretadas como tales, incluidas las áreas colindantes. Coyoacán está dentro de una zona de monumentos históricos decretada. Ejecutar obra sin autorización configura infracción y puede derivar en suspensión de trabajos y en la orden de restituir el inmueble a su estado original.
El presupuesto participativo se rige por la Ley de Participación Ciudadana de la Ciudad de México, con dictaminación del instituto electoral local y de los órganos dictaminadores de cada alcaldía. Ese procedimiento no sustituye la autorización federal que exige la ley de monumentos.
La Secretaría de Cultura ha informado en años recientes de etapas de restauración de la misma capilla y de excavaciones que revelaron posibles restos de una construcción anterior en el sitio.
Falta por conocerse el estatus de la solicitud presentada el 9 de septiembre, si el INAH abrió procedimiento administrativo o dictó suspensión de obra, y el monto del contrato con la empresa ejecutora. La alcaldía Coyoacán no había respondido al señalamiento del instituto al cierre de esta nota.