Una jueza concedió a Ruffo Appel la suspensión definitiva contra la prisión preventiva y el exgobernador sigue en el Altiplano

septiembre 23, 2026
Foto de archivo: fachada de la sede del Poder Judicial de la Federación en la Ciudad de México. No corresponde al Juzgad
Foto de archivo: fachada de la sede del Poder Judicial de la Federación en la Ciudad de México. No corresponde al Juzgado Segundo de Distrito en Materia Penal en el Estado de México. Foto: ProtoplasmaKid, CC BY-SA 4.0, vía Wikimedia Commons.

Un juzgado federal concedió el 22 de septiembre la suspensión definitiva a Ernesto Ruffo Appel, exgobernador de Baja California, dentro del juicio de amparo que promovió contra la resolución que le negó revocar la prisión preventiva justificada. La medida no lo saca del penal: Ruffo permanece recluido en el Centro Federal de Readaptación Social número 1 «Altiplano», en Almoloya de Juárez, Estado de México.

El alcance de la resolución es acotado. Según la lectura que publicó El Universal, el juzgado precisó que la suspensión «sólo surte efectos para que la persona permanezca a disposición del órgano jurisdiccional donde se encuentra internada por cuanto hace a su libertad». El proceso penal sigue su curso sin modificación.

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La resolutora determinó además que no tenía facultades para pronunciarse sobre la prisión domiciliaria en esta etapa del procedimiento, de modo que la petición central de la defensa quedó sin resolver. El Universal identificó a la juzgadora como Azucena Lazalde Íñiguez, del Juzgado Segundo de Distrito en Materia Penal en el Estado de México; ese dato aparece en ese medio y no fue confirmado por otra casa editorial.

Ruffo Appel, de 74 años, está procesado por delincuencia organizada y contrabando de hidrocarburos, la figura que la prensa ha llamado «huachicol fiscal». La Jornada documentó que fue vinculado a proceso el 23 de julio de 2026 junto con siete coacusados, y que su defensa promovió el 25 de agosto un cuarto amparo ante la negativa de otorgarle prisión domiciliaria.

La defensa sostiene tres criterios para pedir esa sustitución: que su representado tiene más de 70 años, que padece una enfermedad grave y que no existe riesgo de fuga. El artículo 19 de la Constitución incluye la delincuencia organizada y los delitos en materia de hidrocarburos en el catálogo de prisión preventiva oficiosa, lo que estrecha el margen para revocarla.

Verónica Ruffo, hija del exgobernador, habló con reporteros tras visitarlo en el penal. «Lo veo bien dentro de las terribles condiciones… pero está bien y para mí era muy importante que viera a Guadalupe (Acosta Naranjo)», dijo. Sobre la resolución judicial respondió: «¿Apenas dieron esa noticia? Yo no sé eso, apenas me lo dicen». Señaló que no hay fecha fijada para la audiencia en la que un juez revisaría la solicitud de prisión domiciliaria.

La cobertura del caso quedó dividida. Eje Central y Aristegui Noticias encabezaron sus notas con el otorgamiento del recurso; El Universal y Milenio subrayaron que la suspensión no tiene efecto práctico sobre la situación del procesado. Las dos lecturas parten del mismo acuerdo judicial.

El expediente del amparo no ha sido difundido y la resolución no está publicada en versión pública, por lo que el texto íntegro del acuerdo no puede consultarse. Tampoco hay pronunciamiento de la Fiscalía General de la República sobre esta resolución.

El proceso penal contra Ruffo y sus coacusados acumula varios incidentes previos: el 2 de septiembre un tribunal ratificó una suspensión que frenó la apertura del juicio oral y el 11 de septiembre otra jueza detuvo el juicio oral contra un empresario vinculado al mismo expediente, según La Jornada.

Fuentes

Redacción Desarticulista

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