El Consejo de Administración de la Comisión Federal de Electricidad (CFE) reorganizó la estructura de la empresa con dos direcciones nuevas y la separación entre la operación física de las redes y la decisión comercial. Las modificaciones a su Estatuto Orgánico se publicaron en el Diario Oficial de la Federación el 9 de octubre de 2026, fueron aprobadas mediante el acuerdo CA-CFE-083/2026 en la decimoquinta sesión extraordinaria del 28 de septiembre y entran en vigor al día siguiente de su publicación.
La primera es la Dirección de Redes Eléctricas, incorporada en los artículos 15 Bis y 26 Bis, a la que corresponde dirigir los procesos operativos de transmisión y distribución de energía eléctrica. La segunda es la Dirección de Política Comercial, en los artículos 15 Ter y 26 Ter, encargada del suministro básico y de la participación de la empresa en el mercado eléctrico mayorista.
Las áreas que se crean y las que desaparecen
El documento crea además una Coordinación de Servicios Especializados, en los artículos 14 y 38 Bis, para eficiencia energética, certificación técnica y pruebas de laboratorio, con derogación del artículo 38; una Subdirección de Seguridad Física, artículo 43 Bis, y una Coordinación Técnica, 43 Ter, ambas bajo la Dirección de Generación y Productores Externos; una Coordinación de Contratos de Producción Externa de Energía, 43 Quater, para administrar los contratos de productores independientes y representar esas centrales en el mercado mayorista, y una Subdirección de Servicios de Conectividad, 53 Bis, para telecomunicaciones, internet y cobertura social.
Se deroga el Capítulo IX completo, que comprendía los artículos 54 a 57, además de los artículos 16, 27, 51 y 53 y varias fracciones de los artículos 4, 14, 15 y 26. El artículo 100 se reforma para fijar el orden de suplencia del director general: Generación y Productores Externos, Redes, Política Comercial, Ingeniería y Proyectos de Infraestructura, y Jurídica, en ese orden. La empresa tiene 90 días naturales para alinear su normativa interna.
Sin declaración ni explicación del propósito
El acuerdo lo firmó el 6 de octubre en la Ciudad de México José Manuel Calva Merino, prosecretario del Consejo de Administración de la empresa, con fundamento en la regla sexta, fracción V, de las reglas de operación del consejo. Es un acto administrativo: no contiene declaración de funcionario alguno, ni de la empresa ni de la Secretaría de Energía, sobre el objetivo de la reestructura. El acta de la sesión del 28 de septiembre no es pública y la sala de prensa de la empresa no fue accesible para esta edición.
La reorganización ocurre mientras el sector arrastra dos expedientes abiertos: la colocación de deuda por la que la empresa levantó 20 mil millones de pesos con una demanda de 2.2 veces el monto, y la iniciativa con la que un diputado del PAN propuso compensación automática a los usuarios por apagones. Ningún medio de circulación nacional había reportado el acuerdo al cierre de esta nota.
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