El Departamento de Comercio de Estados Unidos publicó este 22 de septiembre de 2026 una corrección al aviso con el que inició las investigaciones por venta a menos del valor justo contra los cilindros hidráulicos lineales y sus partes procedentes de México, Canadá, China, India y Corea del Sur. El documento aparece en el Federal Register con el registro 91 FR 60091 y lo firma Steven Presing, director ejecutivo de Políticas y Negociaciones de la Unidad de Cumplimiento y Aplicación de la Administración de Comercio Internacional.
La corrección modifica un solo apartado del aviso original, el titulado Preliminary Determination by the ITC. El texto publicado el 14 de septiembre decía que la Comisión de Comercio Internacional resolvería en forma preliminar dentro de los 25 días posteriores a la fecha en que se presentaron las peticiones. El texto corregido establece que el plazo de 25 días corre a partir de la fecha en que la Comisión recibe la notificación de Comercio sobre el inicio de las investigaciones. Los expedientes afectados son A-201-870, correspondiente a México, además de A-122-879 para Canadá, A-570-240 para China, A-533-952 para India y A-580-923 para Corea del Sur.
El expediente mexicano arrancó con la petición que el 29 de julio de 2026 presentaron la Hydraulic Cylinders Fair Trade Coalition y nueve empresas productoras estadounidenses. Según el aviso de inicio, los peticionarios alegan para México márgenes de dumping estimados de entre 56.79 y 157.12 por ciento, el rango más bajo de los cinco países señalados. El mismo documento enumera 55 empresas mexicanas como posibles productoras o exportadoras del producto y fija el periodo de investigación para México, considerado economía de mercado, del 1 de julio de 2025 al 30 de junio de 2026.
La mercancía bajo revisión comprende cilindros hidráulicos lineales con camisa de acero, diámetro interior igual o mayor a 25.4 milímetros y longitud retraída igual o mayor a 101.6 milímetros, junto con sus componentes y partes. Comercio informó que seleccionará a los declarantes obligatorios de México con los datos de importación de la Oficina de Aduanas y Protección Fronteriza.
El procedimiento en Estados Unidos corre por dos carriles. La Comisión de Comercio Internacional determina si la rama de producción estadounidense sufre daño y el Departamento de Comercio calcula los márgenes. La Comisión instituyó las investigaciones preliminares el 4 de agosto, según el aviso publicado en el Federal Register bajo los números 701-TA-802-804 y 731-TA-1799-1803, y el 26 de agosto difundió un calendario revisado. Si ambas resoluciones preliminares resultan afirmativas, las importaciones mexicanas quedarían sujetas al depósito de cuotas compensatorias antes de la resolución final.
Comercio fijó el 28 de septiembre como fecha límite para recibir comentarios sobre la cobertura del producto y sobre sus características físicas. La resolución preliminar del Departamento de Comercio debe emitirse a más tardar 140 días después del inicio de las investigaciones, fechado el 8 de septiembre de 2026. Ni la Secretaría de Economía ni la Cámara Nacional de la Industria de Transformación han publicado una postura sobre el expediente A-201-870.